Hacia un nuevo horizonte inmobiliario.

Todos tenemos claro que la situación que estamos viviendo va a provocar cambios en la sociedad. No sabemos exactamente qué, pero hay una frase que se repite como un mantra en boca de casi todos: «…esto va a cambiar…»

Unos hablan de cambios a nivel de relaciones sociales de tal forma que pequeños detalles tan arraigados en nuestra sociedad como es darnos la mano o un par de besos… van a dejar de usarse de momento. Otros cuentan que esas reuniones tan multitudinarias en bares, conciertos, festivales, piscinas, playas… y un largo etcétera de actos sociales con los que tanto disfrutamos tendrán que esperar un poquito más.

De lo que estoy convencido es que estamos aprendiendo mucho: este «choque con la realidad» está poniendo en valor aquellos elementos de la sociedad que son imprescindibles frente a quiénes son superfluos, aquellos a quiénes debemos admirar frente a quiénes debemos solo mirar, quiénes de forma callada y casi sin publicidad trabajan día a día para que los demás tengamos alimentos, medicinas, curas para nuestra dolencias, seguridad y limpieza en nuestras ciudades… frente a quienes aprovechan el ruido y la publicidad para engrosar sus cuentas corrientes sin aportar nada útil a los demás.

Me viene a la cabeza nuestro querido Esopo, el famoso escritor clásico, quien además de ilustrarnos con sus fábulas nos dejó esta frase: «La rueda más deteriorada del carro es la que hace más ruido»

Esta pandemia, donde todo son pésimas noticias (muerte, aislamiento, crisis, soledad,…) trae consigo además multitud de aspectos positivos: elucidación de valores, nuevas oportunidades, redefinición de roles sociales. Está consiguiendo que aflore lo mejor de nosotros como individuos y como sociedad, nos está abriendo los ojos a un mundo de pequeños detalles que antes eran eclipsados por grandes y vacíos titulares. Estamos aprendiendo a valorar a aquellos que más aportan a nuestra sociedad bien sea con buenos consejos bien tomando correctas decisiones, enseñando a nuestros hijos o trabajando por nuestra salud y a desoír a aquellos que, con sus cantos de sirenas, nos ofrecen promesas vacías e imposibles de cumplir o pretenden convencernos que, al disfrazar la realidad, nos ayudan a solucionar mejor el problema.

El mundo inmobiliario, asistirá a una nueva forma de entender los hogares: buscaremos viviendas más versátiles, con más superficie, valoraremos más las zonas abiertas al exterior. Terrazas y balcones que fueron durante tanto tiempo acristalados, serán de nuevo abiertos y cobran valor. El descubrimiento del teletrabajo hará que podamos optar a vivir en aquel enclave que siempre habíamos deseado y que, por estar lejos del lugar de trabajo, descartamos en un primer momento; se exigirá, sin lugar a dudas, que las viviendas dispongan de una habitación más: el despacho… Las zonas comunes cobran importancia: zonas ajardinadas, espacios cubiertos…

Creo que estamos ante un importante proceso evolutivo en el que los Agentes Inmobiliarios debemos evolucionar también: se exigirá de nosotros más empatía, calidez y competencia, deberemos ser más transparentes y dignos de confianza porque la sociedad valorará más la reputación y las relaciones personales, el trato especial de las compañías cercanas, con menos recursos y con una manera diferente de hacer las cosas.

El mercado de alquiler en tiempos del Covid-19

Voy a intentar dar  respuesta a las principales dudas y problemas que ha generado en el mercado del alquiler el estado de alarma decretado por el Gobierno de España ante la situación epidemiológica del COVID-19 (coronavirus), exponiendo a continuación las últimas medidas en materia de alquiler adoptadas por el Gobierno en Consejo de Ministros del día 31, plasmadas en el Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (BOE Nº 91 de 1 de abril de 2.020), en vigor desde el día de mañana 2 de abril. Así:

– Suspensión de todos los desahucios y lanzamientos por alquiler de vivienda sin alternativa habitacional para las personas vulnerables durante seis meses una vez levantada la suspensión de todos términos y plazos procesales por la finalización del estado de alarma, siempre y cuando el arrendatario acredite ante el Juzgado encontrarse en una situación de vulnerabilidad social o económica sobrevenida como consecuencia de los efectos de la expansión del COVID-19 -parados, afectados por expedientes de reducción temporal de empleo (ERTE), con reducción de jornada o autónomos que hayan visto reducirse sus ingresos y cuyos ingresos no lleguen al límite de tres veces el Iprem, 1.635,8 euros (incrementado por hijos y personas dependientes a cargo)-.

– Prórroga extraordinaria de todos los contratos de alquiler de vivienda habitual sujetos a la LAU que vayan a vencer en el plazo comprendido desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley (2/4/20) hasta el día en que hayan transcurrido dos meses desde la finalización del estado de alarma. Para ello, es necesario la previa solicitud del arrendatario de una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor, en evitación de subidas abusivas de renta. Esta solicitud de prórroga extraordinaria deberá ser aceptada por el arrendador.

– Una línea de microcréditos al 0% y sin comisiones para hacer frente al pago de viviendas, que se podrán devolver en un plazo de 6 a 10 años, así como el pago por parte del Gobierno de las deudas de todos los inquilinos que, aún con esa ayuda, no logren remontar tras la crisis (se podrán acoger afectados por ERTEs, reducciones de jornada, autónomos con caída de ingresos).

Garantía a los pequeños tenedores de vivienda de recibir las rentas por parte del Gobierno a través de microcréditos que dará el Estado a tipo 0 de interés, a devolver en 6 años ampliable a 10. Si después de la crisis se mantiene la vulnerabilidad, el Estado pagará el alquiler (la deuda que haya asumido el inquilino), con un límite de hasta 900 euros al mes y 200 euros mensuales de suministros, comunidad, mantenimiento, etc.

– Obligación a los grandes tenedores de inmuebles y empresas o entidades públicas de vivienda (persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2), de realizar quitas temporales de hasta el 50% o bien reestructurar las deudas por arrendamiento de los inquilinos a lo largo de 3 años durante el tiempo que dure el estado de alarma. No se establece condonación de rentas, solo quitas o moratorias en dichos términos, y se precisa la previa solicitud del arrendatario en el plazo de un mes desde 2/4/20.

– Ampliación de la moratoria en el pago de hipotecas durante el plazo de tres meses para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos, ahora extensible a autónomos que hayan sufrido una reducción considerable de ingresos y a sus locales y oficinas, así como locales comerciales.


Fuente de la información: Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid.

Esperemos que esta situación finalice lo antes posible.

Ya sabes que estamos a tu entera disposición para resolver o aclarar cualquier duda que tengas al respecto.

Procesando…
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